Muchas mujeres quieren pero no pueden ser madres. La ciencia, sin embargo, ofrece alternativas.
Por : Josefina Miró Quesada y Brunella Rodríguez Giorgio
Peru21.pe.- En el Perú, cerca de un millón y medio de peruanos tiene problemas para concebir. 40% de estos casos se atribuyen a factores femeninos, 40% a factores masculinos y 20% a ambos. Según la Organización Mundial de la Salud, la infertilidad es una enfermedad del sistema reproductivo definida como la incapacidad de lograr un embarazo sin usar anticonceptivos durante un año.
Muchas mujeres no pueden ser madres por motivos biológicos y a esto se suman factores socioeconómicos, como postergar la maternidad. Los deseos de serlo, alguna vez, fueron frustrados por la incapacidad de procrear de manera “natural”. Pero hoy, el avance de la medicina y la ciencia permite buscar alternativas. Las técnicas de reproducción asistida (TERA), que consisten en la manipulación de ovocitos o espermatozoides, son una opción.
TERA
Toda persona tiene derecho a recurrir a las TERA para tratar su infertilidad. La ley lo reconoce, pero no las desarrolla. En la práctica, son autorreguladas por clínicas privadas. Según Paula Siverino, especialista en bioética, estas se dividen en dos grupos: las técnicas de baja y de alta complejidad. Las primeras realizan la unión del óvulo y el espermatozoide dentro del cuerpo de la mujer y las segundas, fuera, en un laboratorio.
Violeta Bermúdez, abogada de familia, señala que la ley condiciona el uso de las TERA a que la madre genética sea la gestante. Esto ha sido interpretado como una forma de evitar el vientre subrogado (o “de alquiler”). Es decir, la mujer que quiera ser madre por estos medios no podrá serlo con el útero de otra. Añade Bermúdez, sin embargo, que la prohibición no es expresa; como sí lo es el uso de las TERA para la clonación o fines distintos a la procreación. Si no se prohíbe, se permite, señala la Constitución.
En 2011, una mujer que no podía procrear recurrió a una de estas técnicas: la fertilización in vitro. El embrión, portador de sus genes y los de su esposo, fue implantado en el útero de su madre. Esta última dio a luz a quien genéticamente era su nieta, pero legalmente fue registrada como su hija. Con una prueba de ADN se demostró que la madre genética era la hija y el juez la reconoció como madre legal. El caso abrió debate sobre los vacíos de la ley.
En febrero de este año, un tribunal se pronunció sobre algo similar. Esta vez, la mujer que reclamaba la maternidad no aportó carga genética. Después de 10 años de intentar quedar embarazada, su médico le dijo que no podría hacerlo con sus óvulos y le propuso recurrir a las TERA. Con los óvulos de una donante y los espermatozoides de su esposo, su amiga le ofreció llevar el embarazo. Nacieron mellizos. Pero al registrarlos, la madre que quería serlo no fue reconocida como tal por el Reniec. En su lugar, registró a su amiga como madre legal. La Corte Superior, sin embargo, declaró madre a quien buscó serlo.
¿Derecho a ser madre?
Las leyes sobre las TERA en el Perú son deficientes y las sentencias, contradictorias. Pero a nivel internacional, es reconocida la relación de elegir ser madre con derechos fundamentales como la salud reproductiva, la vida privada, la autonomía personal y el derecho a fundar una familia.
La sentencia de la Corte Interamericana “Artavia Murillo vs. Costa Rica” dice que “la maternidad forma parte esencial del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres”. Y agrega que los Estados deben garantizar el acceso “a la tecnología médica necesaria para ejercer estos derechos”. Según Jeannette Llaja, abogada experta en temas de género, el Tribunal Constitucional ha reconocido que el derecho a decidir sobre la maternidad deriva del desarrollo de la personalidad.
En Argentina, por ejemplo, existen tres fuentes de filiación: natural, adoptiva y voluntad procreacional. Según Siverino, más allá del vínculo genético o de gestación, esta última prioriza la voluntad. “El hecho de someterse a las TERA, una vez firmado el consentimiento informado, fijará que ese hijo sea tu hijo”, comenta.
Reconocer un “derecho a ser madre” implicaría el deber del Estado de garantizárselo a quienes quieren y no pueden. A ellas les dice que pueden buscar maneras, como las TERA. Pero en los hechos no reconoce la maternidad cuando resulta de ciertos métodos. Hoy, la infertilidad no es concebida como un problema de salud pública. Recurrir a las TERA es costoso. Por eso, ofrece alternativas como la adopción.
Discutir sobre estas posibilidades implica reconocer que madre no solo hay una (manera de serlo). O, que sola una puede serlo del mismo hijo. Jeannette Llaja cuenta, por ejemplo, el caso de dos madres, casadas en México, que buscan ser reconocidas como tales en Perú. “Muchas veces, la realidad jurídica no responde a la realidad actual de la maternidad”, explica.
DATOS
- El Tribunal Constitucional reconoce que no solo hay un tipo de familia y que esta se adecúa según contextos sociales.
- La Corte Interamericana dice que los derechos a la vida privada, autonomía y a fundar una familia incluyen acceder a técnicas de asistencia reproductiva; por eso, prohíbe restricciones desproporcionadas e innecesarias.
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